
✍ Yunier Gutiérrez
📷 Nachely Rivero
La aprobación el próximo mes de abril de un nuevo Código Penal (CP) cubano incluye una ley que podría enviar a la cárcel, con sanciones desde cuatro a 10 años de privación de libertad, a disidentes que reciban fondos extranjeros para sus actividades.
El artículo 143 del anteproyecto de CP publicado el pasado 20 de enero por el Tribunal Supremo Popular, expone que: “quien, por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional, incurre en sanción de privación de libertad de cuatro a diez años”.
Dicho artículo está incluido en el apartado de “Otros actos contra la Seguridad del Estado”, recogidos en el Capítulo V del anteproyecto que deberá ser aprobado por el Parlamento cubano en el próximo mes de abril.
«El régimen cubano y sus defensores utilizan con frecuencia el financiamiento extranjero como principal argumento para descalificar a personas e iniciativas no alineadas a su disciplina partidista», analizó en un texto de El Toque el abogado Eloy Viera. Sin embargo, continuó, «es improbable que alguien pueda sostener que el Partido Comunista cubano mantiene toda su estructura e influencia solo con las aportaciones de sus afiliados. Es un hecho que algunas de las organizaciones de la oficialmente denominada ‘sociedad civil socialista’ también utilizan fondos públicos y financiamiento externo para sostener su labor».
El origen del financiamiento recibido por activistas, artistas y periodistas independientes, entre otros, es considerado ilícito por el régimen cubano y tratado como mercenarismo, aunque sólo hasta la entrada en vigor del nuevo CP será tipificada su sanción en gran escala.
“El mercenarismo en el actual CP solo se tipifica por el hecho de pertenecer, a cambio de un ‘sueldo u otra retribución material’ a ‘formaciones militares’ compuestas de manera total o parcial por extranjeros”, señaló Viera.
El término “mercenario” también fue ha sido utilizado por el régimen contra algunos de los manifestantes del pasado 11 de julio, para tergiversar los verdaderos motivos que llevaron a los cubanos a tomar las calles.
“Es un artículo sumamente peligroso para la sociedad civil, en el intento de seguir criminalizando la libertad de expresión y asociación, los derechos que tienen las organizaciones de recaudar financiamiento del exterior para realizar sus actividades”, expresó a este medio la abogada independiente y directora ejecutiva de Cubalex, Laritza Diversent.
A la espera de lo que ocurra con la aprobación del anteproyecto, es evidente que, de incluirse el artículo 143 al CP cubano, el periodismo independiente será unas de las actividades más perseguidas por parte de los órganos de represión de la dictadura.
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